/ jueves 24 de mayo de 2018

Hombre realiza falsa llamada al 911 y ahora la pagará en el penal de Topo Chico

El delito se tipifica como falsedad en declaraciones dados a una autoridad y se castiga de uno a ocho años de cárcel por lo que ahora el sujeto de Nuevo León estará preso por 4 meses

MONTERREY.- Por primera ocasión en Nuevo León, un hombre fue sentenciado a prisión por hacer llamadas en falso al 911.

El 9 de octubre del 2016, Lázaro Gutiérrez Hernández, llamó al 911 y reportó en falso una situación de riesgo en la casa de su ex pareja, en el municipio de Santiago.

Al llegar al domicilio la policía Fuerza Civil y la Ministerial se dieron cuenta que había sido en falso la llamada telefónica por lo que el Ministerio Público abrió una investigación.

Después, el 6 de diciembre del mismo año, Gutiérrez Hernández se acogió al Artículo 20 Constitucional para no rendir una declaración, sin embargo el 2 de mayo del 2017, se solicitó una audiencia para ormular la imputación, y el 18 de octubre fue vinculado a proceso y ahora se le dictó sentencia y deberá pasar cuatro meses en prisión.

El Juez le dió al hombre un plazo de cinco días a partir del miércoles para entregarse a las autoridades y ser ingresado al Penal del Topo Chico a pasar cuatro meses.

La reforma a los Artículos 246, 249 y 250 del Código Penal del Estado para endurecer el castigo por las llamadas en falso al servicio de emergencias entró en vigor el 14 de junio de 2013.

Anteriormente la llamada en falso se castigaba como desorden público y se aplicaba una pena de seis meses a cuatro años de prisión y multa de tres a 15 cuotas de salario mínimo, pero nunca se aplicó.

Hoy el delito se tipifica como falsedad en declaraciones e informes dados a una autoridad y se castiga de uno a ocho años de cárcel y con una multa de 500 a mil cuotas, y en caso de reincidencia la sanción económica se duplica.

MONTERREY.- Por primera ocasión en Nuevo León, un hombre fue sentenciado a prisión por hacer llamadas en falso al 911.

El 9 de octubre del 2016, Lázaro Gutiérrez Hernández, llamó al 911 y reportó en falso una situación de riesgo en la casa de su ex pareja, en el municipio de Santiago.

Al llegar al domicilio la policía Fuerza Civil y la Ministerial se dieron cuenta que había sido en falso la llamada telefónica por lo que el Ministerio Público abrió una investigación.

Después, el 6 de diciembre del mismo año, Gutiérrez Hernández se acogió al Artículo 20 Constitucional para no rendir una declaración, sin embargo el 2 de mayo del 2017, se solicitó una audiencia para ormular la imputación, y el 18 de octubre fue vinculado a proceso y ahora se le dictó sentencia y deberá pasar cuatro meses en prisión.

El Juez le dió al hombre un plazo de cinco días a partir del miércoles para entregarse a las autoridades y ser ingresado al Penal del Topo Chico a pasar cuatro meses.

La reforma a los Artículos 246, 249 y 250 del Código Penal del Estado para endurecer el castigo por las llamadas en falso al servicio de emergencias entró en vigor el 14 de junio de 2013.

Anteriormente la llamada en falso se castigaba como desorden público y se aplicaba una pena de seis meses a cuatro años de prisión y multa de tres a 15 cuotas de salario mínimo, pero nunca se aplicó.

Hoy el delito se tipifica como falsedad en declaraciones e informes dados a una autoridad y se castiga de uno a ocho años de cárcel y con una multa de 500 a mil cuotas, y en caso de reincidencia la sanción económica se duplica.

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