/ jueves 7 de abril de 2022

Si trabajo en Semana Santa, ¿me deben pagar jueves y viernes santo?

La Semana Santa comienza el próximo domingo 10 de abril con el Domingo de Ramos, y muchas personas aprovechan para ir a la playa o balnearios

La Semana Santa es una de las festividades católicas más importantes del año, el cual, es aprovechado para salir de vacaciones o cumplir con las mandas religiosas.

En este año, la Semana Santa inicia el próximo 10 de abril con el Domingo de Ramos, y terminará el 17 del mismo mes con el conocido como Domingo de Resurrección. Es en estos días que las personas viajan a otros estados del país y aumenta la ocupación hotelera.

Te puede interesar: Cuaresma: ¿por qué no se puede comer carne roja en Semana Santa?

En México, los días santos que son descansos oficiales son para los empleados del gobierno y estudiantes de la Secretaría de Educación Pública, por lo que no todos cuentan con estos días de asueto.

¿Me deben pagar doble jueves y viernes santo?

Dentro de la Ley Federal del Trabajo, se establece que durante los días de descanso obligatorio, el patrón tiene la obligación de pagar el doble a sus trabajadores.

Sin embargo, los días de la Semana Santa no son considerados como descansos obligatorios.

Lo que significa que ni el trabajador no tiene el derecho de ausentarse para cumplir con sus obligaciones, además de que las empresas no se encuentren obligadas a pagar estos días como feriados.

Es importante señalar que algunas empresas detienen sus actividades en estas fechas, dando los días como descanso a sus trabajadores, sin embargo, esto no es obligatorio.

Es decir, si trabajas cualquiera de estos días, el salario será igual que un día laboral, pues no contempla ningún aumento.

¿Qué días de descanso son obligatorios para los trabajadores?

De acuerdo con la Ley Federal de Trabajo, en el artículo 74, son descansos obligatorios los siguientes días:

La falta de vacaciones hace que los trabajadores se sientan más agotados. / Foto: Cuartoscuro

  • 1ero. de enero
  • Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • 1ero. de mayo
  • 16 de septiembre
  • Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • 1ero de diciembre de cada seis años (transmisión del Poder Ejecutivo Federal)
  • 25 de diciembre
  • Lo que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

En el caso de que el trabajador labore entre los días antes mencionados, el patrón deberá pagar al trabajador, un salario doble por el servicio prestado.



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️

Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music

La Semana Santa es una de las festividades católicas más importantes del año, el cual, es aprovechado para salir de vacaciones o cumplir con las mandas religiosas.

En este año, la Semana Santa inicia el próximo 10 de abril con el Domingo de Ramos, y terminará el 17 del mismo mes con el conocido como Domingo de Resurrección. Es en estos días que las personas viajan a otros estados del país y aumenta la ocupación hotelera.

Te puede interesar: Cuaresma: ¿por qué no se puede comer carne roja en Semana Santa?

En México, los días santos que son descansos oficiales son para los empleados del gobierno y estudiantes de la Secretaría de Educación Pública, por lo que no todos cuentan con estos días de asueto.

¿Me deben pagar doble jueves y viernes santo?

Dentro de la Ley Federal del Trabajo, se establece que durante los días de descanso obligatorio, el patrón tiene la obligación de pagar el doble a sus trabajadores.

Sin embargo, los días de la Semana Santa no son considerados como descansos obligatorios.

Lo que significa que ni el trabajador no tiene el derecho de ausentarse para cumplir con sus obligaciones, además de que las empresas no se encuentren obligadas a pagar estos días como feriados.

Es importante señalar que algunas empresas detienen sus actividades en estas fechas, dando los días como descanso a sus trabajadores, sin embargo, esto no es obligatorio.

Es decir, si trabajas cualquiera de estos días, el salario será igual que un día laboral, pues no contempla ningún aumento.

¿Qué días de descanso son obligatorios para los trabajadores?

De acuerdo con la Ley Federal de Trabajo, en el artículo 74, son descansos obligatorios los siguientes días:

La falta de vacaciones hace que los trabajadores se sientan más agotados. / Foto: Cuartoscuro

  • 1ero. de enero
  • Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • 1ero. de mayo
  • 16 de septiembre
  • Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • 1ero de diciembre de cada seis años (transmisión del Poder Ejecutivo Federal)
  • 25 de diciembre
  • Lo que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

En el caso de que el trabajador labore entre los días antes mencionados, el patrón deberá pagar al trabajador, un salario doble por el servicio prestado.



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️

Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music

Local

Estado ofreció a burócratas elevar edad de jubilación a 68 años

El dirigente estatal del Sindicato de Burócratas indicó que otra parte de la oferta consistía en que sus pensiones quedaran a cargo de un AFORE

Local

Disminuyen 36% sentencias de primera instancia en BC: INEGI

La mitad de las causas penales y expedientes que ingresaron fueron resueltos

Local

Venden barbacoa en beneficio de consultorio del Villa Zapata

Dicho espacio es administrado por el Club Rotario Mexicali Industrial

Local

Botana saludable como alternativa a comida chatarra

La familia Apodaca emprendieron un negocio familiar denominado Grins

Local

Piden trigueros al menos 320 dólares por tonelada

Esperan presionar a los industriales para que estos mejoren su oferta