/ miércoles 8 de diciembre de 2021

Inai impugnará acuerdo de AMLO que blinda megaproyectos

Inai determinó ejercer control constitucional que busca evitar que dependencias y entidades de la Administración Pública Federal reserven por seguridad nacional

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) impugnará ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el acuerdo del presidente Andrés Manuel López Obrador por el que los proyectos y obras de infraestructura del Gobierno de México son considerados de interés público y seguridad nacional.

"El Pleno del Inai acordó, por unanimidad, interponer controversia constitucional contra el acuerdo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre", informó el Instituto.

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Desde el pasado mes de noviembre el Inai advirtió una posible transgresión al artículo 6 de la Constitución, en tanto que la seguridad nacional es un presupuesto de reserva de la información, es decir, debería ser la excepción más no la regla.

Pero hoy informó que, del análisis realizado por el Instituto, se advirtió que el Acuerdo transgrede los principios de supremacía constitucional y legalidad, porque realiza una reserva anticipada y generalizada de la información relativa a esos proyectos u obras, vulnerando el derecho a saber de la sociedad.

“Asimismo, se constató que el Acuerdo vulnera los principios de inatacabilidad, definitividad y vinculatoriedad de las resoluciones del Pleno, al precisar que la información será de seguridad nacional, abre la posibilidad de impugnación, mediante el recurso de revisión en materia de seguridad nacional, de las resoluciones en que se ordene la entrega de la misma información”, informó.

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En su acuerdo el presidente ordenó a dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF) autorizar proyectos de infraestructura, desarrollo social y turismo en 5 días, mismo que en el que declaró de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México.

Al respecto Blanca Lilia Ibarra Cadena, comisionada presidenta del Inai, aseguró que el Acuerdo representa un obstáculo a la aplicación del principio de máxima publicidad, en la medida en que dificulta la difusión y entrega de información relacionada con proyectos de infraestructura, sin abrir la posibilidad de realizar una valoración caso por caso.

“El Acuerdo referido se aleja del régimen constitucional, pues da lugar a que toda la información de las obras de infraestructura tenga el carácter de reservada, de manera general, previa y dogmática (…) En este órgano colegiado estamos convencidas y convencidos de que la mejor manera de velar por la transparencia y el acceso a la información, es buscar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronuncie sobre los problemas de inconstitucionalidad que hemos detectado”, dijo.

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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) impugnará ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el acuerdo del presidente Andrés Manuel López Obrador por el que los proyectos y obras de infraestructura del Gobierno de México son considerados de interés público y seguridad nacional.

"El Pleno del Inai acordó, por unanimidad, interponer controversia constitucional contra el acuerdo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre", informó el Instituto.

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Desde el pasado mes de noviembre el Inai advirtió una posible transgresión al artículo 6 de la Constitución, en tanto que la seguridad nacional es un presupuesto de reserva de la información, es decir, debería ser la excepción más no la regla.

Pero hoy informó que, del análisis realizado por el Instituto, se advirtió que el Acuerdo transgrede los principios de supremacía constitucional y legalidad, porque realiza una reserva anticipada y generalizada de la información relativa a esos proyectos u obras, vulnerando el derecho a saber de la sociedad.

“Asimismo, se constató que el Acuerdo vulnera los principios de inatacabilidad, definitividad y vinculatoriedad de las resoluciones del Pleno, al precisar que la información será de seguridad nacional, abre la posibilidad de impugnación, mediante el recurso de revisión en materia de seguridad nacional, de las resoluciones en que se ordene la entrega de la misma información”, informó.

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En su acuerdo el presidente ordenó a dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF) autorizar proyectos de infraestructura, desarrollo social y turismo en 5 días, mismo que en el que declaró de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México.

Al respecto Blanca Lilia Ibarra Cadena, comisionada presidenta del Inai, aseguró que el Acuerdo representa un obstáculo a la aplicación del principio de máxima publicidad, en la medida en que dificulta la difusión y entrega de información relacionada con proyectos de infraestructura, sin abrir la posibilidad de realizar una valoración caso por caso.

“El Acuerdo referido se aleja del régimen constitucional, pues da lugar a que toda la información de las obras de infraestructura tenga el carácter de reservada, de manera general, previa y dogmática (…) En este órgano colegiado estamos convencidas y convencidos de que la mejor manera de velar por la transparencia y el acceso a la información, es buscar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronuncie sobre los problemas de inconstitucionalidad que hemos detectado”, dijo.

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