Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) remitió al Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California las demandas interpuestas por la Coparmex y otros actores, contra la Consulta Ciudadana aprobada por el Congreso local, que busca “conocer el sentir” de la ciudadanía sobre la ampliación del mandato de dos a cinco años.
Los dirigentes de la Coparmex de Baja California, Armando León Ptacnik, y de Mexicali, Ernesto Elorduy Blackaller, además del partido Movimiento Ciudadano, solicitaron a la Sala Superior resolver los medios de impugnación “per saltum” y omitir la obligación de acudir previamente al Tribunal Electoral local, pues desde su punto de vista ese órgano “no garantiza una tutela efectiva de sus derechos político-electorales”, ya que el 24 de febrero y el 7 de mayo pasados, se pronunció a favor de ampliar el mandato de la gubernatura.
Las magistradas y los magistrados determinaron que no procede la figura “per saltum”, y se deben agotar todas las instancias previas, con las gestiones que las leyes establecen.
La Sala Superior consideró además que el acto impugnado es distinto a los ya resueltos, pues proviene del Congreso local, además de que agotar el recurso en este momento no genera un perjuicio irreparable a los demandantes y hay tiempo suficiente para seguir la cadena de impugnaciones. De igual forma, las magistradas y los magistrados no perciben parcialidad del tribunal local.ñ
El 21 de agosto pasado, el Congreso local de Baja California aprobó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política para conformar una comisión especial que tenga por objeto realizar una consulta ciudadana para “conocer el sentir” de las y los bajacalifornianos, respecto a la ampliación de mandato de 2 a 5 años.
El 27 y 28 de agosto Armando León Ptacnik, Ernesto Elorduy Blackaller y el partido Movimiento Ciudadano interpusieron ante el Tribunal local de Baja California, las demandas de juicio ciudadano para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y juicio de revisión constitucional electoral, a fin de impugnar el acuerdo y señalar como autoridad responsable al Congreso del estado. (Asuntos: SUP-JDC-1204/2019, SUP-JDC-1209/2019 y SUP-JRC-36/2019)