La presidenta municipal de Mexicali y precandidata a la gubernatura por Morena, Marina del Pilar Ávila Olmeda, se llevó dos reveses por parte del Tribunal de Justicia Electoral (TJE) del estado, en dos recursos de inconformidad presentados por ella misma.
En la sesión no presencial realizada la tarde del viernes, se presentó por parte de la magistrada Carola Andrade Ramos, el expediente RI-19/2021, el Pleno del Tribunal declaró confirmar la resolución del procedimiento sancionador emitido por el Instituto Estatal Electoral.
Se declaró no ha lugar las medidas cautelares solicitadas por la Presidenta Municipal de Mexicali, con motivo de un video alojado en la red social Facebook en el que a consideración del recurrente constituyó violencia política por razones de género.
El Tribunal lo consideró así, pues de las declaraciones vertidas en dicho video, éstas se dieron como parte de una postura crítica y un punto de vista de un servidor público sobre temas de interés público, por lo que por el momento, el video seguirá disponible en la red social.
Se refiere a un video realizado por el regidor panista del 23 Ayuntamiento de Mexicali, Héctor Ibarra Calvo en el que se muestra a la alcaldesa dando una declaración en el sentido de que el CEN de Morena, había decidido que no se separara de su cargo el 22 de diciembre.
En dicho video, Ibarra Calvo señaló que el futuro de Mexicali no puede estar en manos del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Morena, y le exigía que dejara su cargo el 22 de diciembre de 2020, como ella lo había planteado.
En el recurso RI-23/2021 y RI-26/2021 Acumulado, presentados por la magistrada Elba Regina Jiménez Castillo, el Tribunal determinó confirmar el punto de acuerdo de la Comisión de Quejas del IEEBC.
Es decir, los videos promocionales a Ávila Olmeda, seguirán sin poder transmitirse.
El presidente del TJE, Jaime Vargas Flores aclaró que en ambos casos, no se ha resuelto el fondo del asunto, por lo que siguen vigentes, es decir, el tribunal ha resuelto lo que tiene que ver con las medidas cautelares.
Al resolver el recurso RI-20/2021, también presentado por la magistrada Andrade Ramos, el Tribunal determinó confirmar el el dictamen de la Comisión de Quejas del Instituto Estatal Electoral (IEEBC) mediante el cual resolvió la improcedencia de medidas cautelares solicitadas por Morena.
Lo anterior, con motivo de la realización de caravanas de automóviles en supuesto apoyo a Jorge Hank Rhon. El Tribunal lo resolvió así, al considerar que de los actos motivo de la solicitud de las medidas se trataron de hechos consumados y futuros de realización incierta.