Sin evidencia que padrón de usuarios de celular disminuya delincuencia

El pasado 13 de abril se aprobó una serie de reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión

Alejandro Domínguez | La Voz de la Frontera

  · domingo 25 de abril de 2021

Foto: Cortesía | Cuartoscuro

Hasta el momento, no hay evidencia que el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, que incluye su información biométrica, vaya a asegurar la disminución de delitos como la extorsión telefónica, ni que se le vaya a dar un buen uso, manifestó Armando Reyna Ballesteros, Docente de la Licenciatura en Inteligencia de Negocios e Innovación de CETYS Universidad Campus Mexicali.

“La normativa propuesta para la creación de este nuevo empadronamiento contempla la imposición de sanciones para quienes hagan uso indebido de este padrón, pero aún así, no hay evidencia que demuestre que este registro reducirá los delitos de secuestro, extorsión, e incluso los del crimen organizado”.

El pasado 13 de abril, el Senado de la República aprobó una serie de reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en la que se contempla la creación de un padrón que contenga los datos biométricos de todos los usuarios de una línea telefónica en México.




Dicho padrón contendrá información de los titulares de cada línea telefónica, entre ellos el número, fecha y hora de la activación, nombre completo, nacionalidad, número de identificación oficial con fotografía, CURP, y datos biométricos de los usuarios; es decir, huellas dactilares, el iris de los ojos, las facciones del rostro, el tono de la voz y la firma, entre otros.

Los legisladores argumentaron que es posible identificar a los delincuentes sin vulnerar la privacidad de los datos personales, ya que actualmente no existe ningún control o requisito de contratación de líneas de telefonía móvil.

Y que esta reforma brindaría mayor control y herramientas a las autoridades en el combate de los delitos cometidos con teléfonos celulares, como son la extorsión y el secuestro.

Se otorga al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) la responsabilidad de instalar, operar, regular y mantener este padrón, con cargo a su presupuesto.



También se obliga a los concesionarios de telecomunicaciones a cubrir sus costos de implementación, mantenimiento y operación, incluyendo los de conectividad a los servidores del padrón, así como a recabar y validar la información de sus clientes.

“Por esto, muchas voces se han pronunciado para externar que se trata de una medida inconstitucional, autoritaria y que no incluye mecanismos confiables para proteger los datos personales.

“Algunos expertos consideran que propicia un sistema de vigilancia y hostigamiento y que fomentará otro tipo de ilícitos como el robo de celulares, la suplantación de identidad y los secuestros”.

Reyna Ballesteros, señaló que queda claro que esto, no ayudará a disminuir la brecha digital y que los delincuentes podrían utilizar dispositivos móviles de otros países.

Por su elevado costo de implementación y administración de la base de datos, las constantes infracciones, las posibilidades de omisión y de accesos no autorizados, podrían ocurrir muchas irregularidades, añadió.

Este Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil tiene como principal antecedente al Registro Nacional de Usuarios de Telecomunicaciones, programa creado en el año 2008 y eliminado en el 2011, debido a que su base de datos fue vulnerada y se descubrió que los datos de los usuarios estaban a la venta en el mercado negro.