/ lunes 18 de octubre de 2021

Publican acuerdo para regular autos chocolates

Se advierte que el decreto para regularización estará vigente hasta el 30 de septiembre del 2024.


Publican en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo para regularizar los autos chocolate en los Estados fronterizos norte de México, pero sin lineamientos, ni criterios y es firmado por el Presidente, Andrés Manuel López Obrador.



El documento publicó el 18 de octubre bajo el título de Acuerdo, se advierte que el decreto para regularización estará vigente hasta el 30 de septiembre del 2024.

Aunque no refiere el costo, el Presidente en su visita por Baja California adelantó que tendría un costo aproximado de 2 mil 500 pesos.



El acuerdo contempla 5 artículos y son los siguientes:

Artículo 1. Se instruye a las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Economía y de Seguridad y Protección Ciudadana, dentro del ámbito de sus competencias, a elaborar un Programa que incentive a las personas físicas que residen en la región fronteriza norte, que comprende los estados de Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, y en el estado de Baja California Sur, para llevar a cabo la regularización de los vehículos automotores usados, de procedencia extranjera, que se encuentren en dichos estados, con base en el Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados vigente.

El Programa a que se refiere el párrafo anterior deberá comprender acciones de comunicación social, en términos de la Ley General de Comunicación Social y el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente, otorgamiento de facilidades administrativas y, en su caso, la elaboración de un nuevo proyecto de Decreto para regular la importación definitiva de vehículos usados que se encuentren en territorio nacional a la entrada en vigor del presente Acuerdo, así como cualquier otra acción que promueva la regularización de dichos vehículos por parte de la población.

Artículo 2. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria, establecerá las facilidades administrativas necesarias para que las personas físicas señaladas en el artículo anterior, lleven a cabo las acciones legales para la aplicación del Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados vigente y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 3. La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana se coordinará con los gobiernos estatales señalados en el artículo 1 del presente Acuerdo, para implementar acciones tendientes a identificar y registrar la circulación de vehículos automotores usados que no cumplan con su legal importación definitiva al país y lo harán del conocimiento de las secretarías de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria y de Economía, para que en el ámbito de su competencia, y de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, promuevan ante los propietarios de dichos vehículos su regularización.



La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, se coordinará con las secretarías señaladas en el párrafo que antecede para que, una vez realizada la importación definitiva de los citados vehículos, sean inscritos en el Registro Público Vehicular a cargo del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Artículo 4. Los ingresos que se obtengan por las contribuciones derivadas de la importación definitiva de vehículos usados en la Región Fronteriza Norte y el Estado de Baja California Sur y por las sanciones aplicadas con motivo de las infracciones en que incurran las personas físicas por exceder el plazo de retorno de vehículos usados importados temporalmente a dicha Región y entidad federativa, serán destinados conforme a lo que establezca la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente.

Artículo 5. El Servicio de Administración Tributaria, en el ámbito de sus atribuciones, podrá expedir las disposiciones de carácter general que sean necesarias para la correcta y debida aplicación del presente instrumento, con independencia de las disposiciones específicas que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en relación a lo señalado en el artículo anterior y conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.


Publican en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo para regularizar los autos chocolate en los Estados fronterizos norte de México, pero sin lineamientos, ni criterios y es firmado por el Presidente, Andrés Manuel López Obrador.



El documento publicó el 18 de octubre bajo el título de Acuerdo, se advierte que el decreto para regularización estará vigente hasta el 30 de septiembre del 2024.

Aunque no refiere el costo, el Presidente en su visita por Baja California adelantó que tendría un costo aproximado de 2 mil 500 pesos.



El acuerdo contempla 5 artículos y son los siguientes:

Artículo 1. Se instruye a las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Economía y de Seguridad y Protección Ciudadana, dentro del ámbito de sus competencias, a elaborar un Programa que incentive a las personas físicas que residen en la región fronteriza norte, que comprende los estados de Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, y en el estado de Baja California Sur, para llevar a cabo la regularización de los vehículos automotores usados, de procedencia extranjera, que se encuentren en dichos estados, con base en el Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados vigente.

El Programa a que se refiere el párrafo anterior deberá comprender acciones de comunicación social, en términos de la Ley General de Comunicación Social y el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente, otorgamiento de facilidades administrativas y, en su caso, la elaboración de un nuevo proyecto de Decreto para regular la importación definitiva de vehículos usados que se encuentren en territorio nacional a la entrada en vigor del presente Acuerdo, así como cualquier otra acción que promueva la regularización de dichos vehículos por parte de la población.

Artículo 2. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria, establecerá las facilidades administrativas necesarias para que las personas físicas señaladas en el artículo anterior, lleven a cabo las acciones legales para la aplicación del Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados vigente y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 3. La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana se coordinará con los gobiernos estatales señalados en el artículo 1 del presente Acuerdo, para implementar acciones tendientes a identificar y registrar la circulación de vehículos automotores usados que no cumplan con su legal importación definitiva al país y lo harán del conocimiento de las secretarías de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria y de Economía, para que en el ámbito de su competencia, y de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, promuevan ante los propietarios de dichos vehículos su regularización.



La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, se coordinará con las secretarías señaladas en el párrafo que antecede para que, una vez realizada la importación definitiva de los citados vehículos, sean inscritos en el Registro Público Vehicular a cargo del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Artículo 4. Los ingresos que se obtengan por las contribuciones derivadas de la importación definitiva de vehículos usados en la Región Fronteriza Norte y el Estado de Baja California Sur y por las sanciones aplicadas con motivo de las infracciones en que incurran las personas físicas por exceder el plazo de retorno de vehículos usados importados temporalmente a dicha Región y entidad federativa, serán destinados conforme a lo que establezca la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente.

Artículo 5. El Servicio de Administración Tributaria, en el ámbito de sus atribuciones, podrá expedir las disposiciones de carácter general que sean necesarias para la correcta y debida aplicación del presente instrumento, con independencia de las disposiciones específicas que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en relación a lo señalado en el artículo anterior y conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

Local

Anuncia alcalde de Tecate la rescisión de Iberparking

Ciudadanos rechazan que siga la operatividad de parquímetros

Local

Realizan homenaje a Manuel Ruelas Jiménez

Tras su deceso, reconocen la trayectoria de quien fundó el Grupo Educativo 16 de Septiembre

Local

Estiman daño de casi 1 millón de pesos por bombera chocada

Tras choque ocurrido el pasado 16 de noviembre con una unidad de transporte colectivo

Local

Anuncia ayuntamiento campaña “No te enredes manejando”

Distractores al manejar, la falta de pericia, no respetar los límites de velocidad, los señalamientos son los principales factores de accidentes, señaló el Director de la DSPM

Local

Tecnificarán riegos de 200 mil hectáreas agrícolas en el país

Este lunes arranca el Plan Nacional Hídrico 2024-2030

Local

Confían disminución de corrupción con reforma al PJF: Ramírez

Con ella se busca garantizar mayor certidumbre jurídica para los empresarios que busquen seguridad para atraer inversiones al país, señaló la senadora