Con el fin de inhibir la aplicación de terapias de reconversión sexual, la diputada local por Morena, Julia Andrea González Quiroz, propone aplicar hasta 4 años de cárcel a quien someta a alguien a recibirla sin su consentimiento, o la practique. La legisladora presentó la iniciativa ante Oficialía de Partes el 17 de noviembre, para después ser remitida a la Comisión de Igualdad entre Mujeres, Hombres y Juventud, que preside la también morenista Michel Sánchez Allende, para su análisis, discusión y dictaminación.
Se trata de una iniciativa de reforma el artículo 21 de la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado de Baja California, así como la adición del artículo 160 QUATER al Código Penal para el Estado de Baja California.
Lo anterior, a fin de sancionar la implementación de terapias de conversión sexual que buscan modificar o menoscabar la orientación sexual, expresión o identidad de género de cualquier persona.
En el caso de la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado de Baja California, para quedar como sigue:
Artículo 21.- Ninguna autoridad estatal o municipal, autoridad, servidor público, persona física o moral, realizará actos o desplegará conductas que discriminen a cualquier persona por razón de su orientación sexual o identidad de género ni efectuar, entre otras, las conductas siguientes:
“Obligar o ejecutar en una o más personas, tratamiento o terapia de conversión, para pretender modificar la orientación sexual o identidad de género”.
Se adiciona un artículo 160 QUATER al Código Penal para el Estado de Baja California para quedar como sigue:
“Se le impondrá una pena de dos a cuatro años de prisión a quien obligue a otro u otras personas a recibir terapia de conversión sexual. Se aplicará lo mismo para quien imparta dicha terapia sin el consentimiento de la persona a la que se le aplica".
“La sanción señalada en el primer párrafo de este artículo, se agravará al doble, cuando la víctima sea una persona menor de 18 años o cuente con algún tipo de discapacidad”.
En su exposición de motivos, la inicialista explicó que el término "terapias de conversión" abarca intervenciones que tienen por finalidad cambiar la orientación sexual de una persona o su identidad de género.
“Sus promotores afirman que estas terapias pueden transformar a las personas homosexuales, lesbianas o bisexuales en heterosexuales, y a las personas trans o de género diverso/diferente a cisgénero, lo que significa que la identidad de género corresponde al sexo asignado al nacer”.
González Quiróz señaló que un método utilizado de manera recurrente es la aversión, en la cual se somete a la persona a una sensación negativa, dolorosa o angustiante mientras se le expone a un estímulo vinculado a su orientación sexual.
Las intervenciones también se basan en enfoques farmacológicos, tales como la medicación o los tratamientos de hormonas o esteroides, expresó.
A menudo, los individuos que fracasan de manera inevitable en la "conversión" de su orientación sexual son presionados para que se sometan a cirugía de afirmación de género, debido a la creencia de que esta puede neutralizar su orientación.
Las víctimas de las "terapias de conversión" también suelen ser sometidas a los dogmas de consejeros espirituales y a programas para curarse de su "condición".
Estos programas pueden incluir calumnias homófobas, palizas, encadenamientos, privación de alimento e incluso exorcismos.
La legisladora Estas "terapias" se realizan en lugares que se conocen por lo regular como ECOSIG, pueden ser "clínicas" que se especializan únicamente en tratar a personas de la comunidad LGBT, lugares que son administrados y dirigidos comúnmente por grupos religiosos.
La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), señala que, en nuestro país, cuatro de cada diez jóvenes pertenecientes a la comunidad LGBTI ha reconocido que se les ha violentado ya sea de manera activa o pasiva, para que modifiquen su orientación sexual o su identidad o expresión de género, aseveró la morenista.