Con el fin de establecer criterios de perspectiva de género en caso de legítima defensa de mujeres, así como a sus defensores, la diputada local por Morena, Michel Sánchez Allende presentó la llamada “Ley Alina” ante Oficialía de Partes del congreso local.
Se trata de una serie de reformas a diversos Artículos al Código Penal del estado, así como a la Ley de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia.
Sánchez Allende refirió a Alina, que fue sentenciada a 45 años de prisión debido a que un juez sin preparación de perspectiva de género le aplicó una pena que puede considerarse excesiva, y no contempló antecedentes de violencia, con lo que la víctima al final se convirtió en victimaria.
Aclaró que no se trata de una legislación en contra de los hombres, sino de una excepción, para que se tomen en cuenta los antecedentes de violencia, independientemente de que se hayan denunciado o no.
En la iniciativa se están incorporando 3 supuestos nuevos en el Código Pena: caso de presunción de legítima defensa cuando se repelan agresiones que constituyan violencia física o sexual; se establece una excepción al exceso en legítima defensa cuando la persona repelente actúe bajo miedo, terror, o confusión, o cuando el agresor sea más fuerte que la víctima, y cuando se acredite el exceso de legítima defensa, se proporcionará tratamiento psicólogico a la persona o defienda a otra y se tomarán medidas de protección a su integridad y patrimonio.
En el caso de la Ley de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, se adiciona la aplicación de las órdenes de protección a favor de quién, en un primer, en un primer momento en calidad de víctima, pasó por el uso de la legítima defensa, a ser persona agresora.