/ domingo 28 de febrero de 2021

Partidos deberán cumplir cuota de candidatos indígenas y LGBT

Partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, deberán postular al menos una fórmula de mayoría relativa, integrada por ciudadanas o ciudadanos de las comunidades LGBT

En cumplimiento de una sentencia del Tribunal Federal Electoral (Trife), los partidos políticos deberán integrar a sus fórmulas de candidatos a diputados locales y a munícipes, a personas de las comunidades indígenas, de la LGBT+ (Lésbico, gay, bisexual, transexual y más), así como de jóvenes menores de 29 años y personas con discapacidad.

La tarde del sábado sesionó de manera virtual el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE) del estado, que preside Luis Alberto Hernández Morales, con el fin de dar cumplimiento a la sentencia SG-JDC-15/2021, emitida por la Sala Regional Guadalajara del Trife.

Lo anterior, relativa a los lineamientos para garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de paridad de género y de igualdad sustantiva y no discriminación en la postulación de candidaturas y la etapa de resultados del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

La acción afirmativa a favor de las comunidades indígenas consiste en el caso de los Ayuntamientos, la postulación en las planillas de regidurías de mayoría relativa, de por lo menos una fórmula de candidatos o candidatas, en los municipios de Mexicali, Tecate, Tijuana y Playas de Rosarito.

Mientras que en Ensenada deberán postular para cualquiera de los cargos a munícipes, por lo menos 2 fórmulas de candidatos o candidatas indígenas, correspondientes cada una a un género.

En las diputaciones, se deberá realizar la postulación en las candidaturas a diputaciones por mayoría relativa, de por lo menos 2 fórmulas integradas por personas indígenas, correspondientes cada una a un género, en cualquiera de los Distritos Electorales del estado.

Partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, deberán postular al menos una fórmula de mayoría relativa, integrada por ciudadanas o ciudadanos de las comunidades LGBT.

También se incluye en el acuerdo, la postulación en al menos una fórmula de mayoría relativa, de personas con discapacidad y ciudadanos de entre 18 y 29 años en cualquiera de las cinco planillas de Munícipes; o en alguno de los distritos que conforman el estado.

La emisión del citado acuerdo, mismo que fue votado por unanimidad por los integrantes del Consejo General.

En cumplimiento de una sentencia del Tribunal Federal Electoral (Trife), los partidos políticos deberán integrar a sus fórmulas de candidatos a diputados locales y a munícipes, a personas de las comunidades indígenas, de la LGBT+ (Lésbico, gay, bisexual, transexual y más), así como de jóvenes menores de 29 años y personas con discapacidad.

La tarde del sábado sesionó de manera virtual el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE) del estado, que preside Luis Alberto Hernández Morales, con el fin de dar cumplimiento a la sentencia SG-JDC-15/2021, emitida por la Sala Regional Guadalajara del Trife.

Lo anterior, relativa a los lineamientos para garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de paridad de género y de igualdad sustantiva y no discriminación en la postulación de candidaturas y la etapa de resultados del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

La acción afirmativa a favor de las comunidades indígenas consiste en el caso de los Ayuntamientos, la postulación en las planillas de regidurías de mayoría relativa, de por lo menos una fórmula de candidatos o candidatas, en los municipios de Mexicali, Tecate, Tijuana y Playas de Rosarito.

Mientras que en Ensenada deberán postular para cualquiera de los cargos a munícipes, por lo menos 2 fórmulas de candidatos o candidatas indígenas, correspondientes cada una a un género.

En las diputaciones, se deberá realizar la postulación en las candidaturas a diputaciones por mayoría relativa, de por lo menos 2 fórmulas integradas por personas indígenas, correspondientes cada una a un género, en cualquiera de los Distritos Electorales del estado.

Partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, deberán postular al menos una fórmula de mayoría relativa, integrada por ciudadanas o ciudadanos de las comunidades LGBT.

También se incluye en el acuerdo, la postulación en al menos una fórmula de mayoría relativa, de personas con discapacidad y ciudadanos de entre 18 y 29 años en cualquiera de las cinco planillas de Munícipes; o en alguno de los distritos que conforman el estado.

La emisión del citado acuerdo, mismo que fue votado por unanimidad por los integrantes del Consejo General.

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