Tijuana.- En Baja California no existen estadísticas de los casos de mujeres que necesitaron o solicitaron atención médica debido a las complicaciones por un aborto clandestino, lo cual es un indicativo, según lo exponen los movimientos a favor de la despenalización del aborto, del miedo que existe por parte de las mujeres a la represión y crítica social.
Agrupaciones como Círculo Violeta sostienen que las muertes de mujeres que se ven obligadas a abortar en la clandestinidad ocurren, y estas son situaciones que se quieren evitar mediante la lucha por el derecho de la mujer a elegir sobre su propio cuerpo.
Ante esta situación, colectivos como Círculo Violenta, Hijas de la Vulva, Bloodys, Voces Feministas y más, convocaron a las mujeres de Tijuana a participar del evento el Pañuelazo #8A 2020 para reactivar la lucha por el derecho a realizar un aborto legal, seguro y gratuito.
El evento tuvo dos puntos de concentración, para las mujeres de la zona Este de Tijuana, el llamado fue para presentarse en el mercado Bodega Aurrera de El Refugio es donde se concentrará el primer grupo.
La manifestación tuvo como objetivo manifestar de manera pacífica la petición del aborto legal, seguro y gratuito. Además de visibilizar las muertes violentas de decenas de mujeres en la entidad y la falta de justicia.
El segundo punto establecido es el Jai Alai, en la avenida Revolución y calle 8 en la zona Centro, desde las 15:00 horas del día.
De acuerdo con el Código Penal de Baja California, la mujer que se aplique el aborto sin que medie causa no punible, puede ser objeto de una pena de uno hasta cinco años de cárcel.
El Artículo 132 del Código explica que el aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la gestación.
La ley en la entidad indica, en el artículo 133 del Código Penal, que el -auto aborto y aborto consentido- será penado, a la mujer que se procure el aborto o consienta en que otro la haga abortar, se le impondrá de uno a cinco años de prisión, igual pena se aplicará al que haga abortar a la mujer con consentimiento de esta.
Los abortos no punibles se definen en el Artículo 136 del referido Código y establece que son aquellos que son producto de una conducta culposa de la mujer embarazada; de violación o inseminación artificial no autorizada, dentro de los primeros 90 días de gestación y el hecho haya sido denunciado y aquellos embarazos que ponen en riesgo la vida de la mujer.
Durante la sesión del 14 de febrero de 2019, el Congreso del Estado aprobó exhortar a la Cámara de Diputados federal a no despenalizar el aborto, en lo que va del año 2020 la fracción parlamentaria del partido Morena no ha presentado iniciativa sobre el tema, a pesar de declarar desde 2019 que este y otros temas eran parte de su agenda legislativa.
Cabe señalar que ya se cumplió un año del fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al declarar legal la interrupción del embarazo en casos de violación.
La mayor oposición a la despenalización del aborto está sustentada en la iglesia católica, los grupos Pro Vida y Familia, mientras que el gremio médico solicita la educación sexual integral de la comunidad y el respeto a los derechos de todas las personas.
La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), por su parte, ha manifestado que no se ha tomado en cuenta la opinión de los diversos sectores de la población sobre el derecho de la mujer a decidir por su cuerpo, por lo que deben analizarse los argumentos.