Multas que pueden alcanzar los 481 mil pesos, pueden ser acreedoras las empresas que no cumplan con el pago de aguinaldos a los trabajadores, explicó el secretario del trabajo estatal.
Alejandro Arregui Ibarra recordó que los patrones deben de entregar antes del 20 de diciembre, el aguinaldo equivalente a 15 días de salario, de acuerdo al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
“Es una obligación pagarlos no solo a los trabajadores en activo, sino también a quienes tuvieron una relación laboral durante el año”, explicó el secretario.
Los ex trabajadores pueden exigir lo que proporcionalmente les corresponde por el periodo laborado en el año en curso.
Quienes no cumplan con entregar dicha prestación, se puede denunciar a la Procuraduría de la Defensa del Trabajador, ya que las multas inician en los 4 mil 811 pesos pero dependiendo del caso, puede llegar hasta los 481 mil pesos como máximo.
“Es su derecho de los trabajadores, que lo exijan, el patrón está obligado a cumplir año por año”, puntualizó Arregui Ibarra.
En el 2020 en Baja California los patrones repartieron 2 mil millones de pesos por aguinaldos, el año pasado la cifra subió a 5 mil millones de pesos.
De igual forma, la secretaría del trabajo estatal realiza inspecciones ordinarias a lo largo del año, donde se revisan varios rubros, entre ellos, que hayan cumplido con el pago de aguinaldos.
En el presente año, se ha generado un bolsa de 90 millones de pesos por multas por incumplir en pago de aguinaldos, utilidades o aplicar el diferencial salarial.