/ martes 22 de junio de 2021

Más de 600 denuncias por incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar

La penalidad para este ilícito es de dos a cinco años de prisión

Desde el inicio de la actual administración de la Fiscalía General del Estado, en Mexicali se han realizado un total de 618 querellas por delito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar.

Dicho delito se encuentra tipificado en el Código Penal del Estado de Baja California, en el artículo 235 el cual dice al que no proporcione alimentos a las personas con las que tenga ese deber legal, además de suspender o privar derechos de familia.

Pedro Ariel Mendivil García, Fiscal Regional en Mexicali, indicó que está clase de delitos es común para la autoridad, así mismo que esta clase de incidentes terminan resolviendo a través de un acuerdo reparatorio.

¨La prioridad para nosotros es que el menor sea inmediatamente restituido en el uso y goce de los alimentos (…) una de las instrucciones es cuidar de nuestros menores, y si ellos adolecen de falta de alimentos, vestidos, salud, educación de quien es el responsable, pueden recurrir a la Fiscalía y presentar su querella¨, detalló.

Actualmente en la Fiscalía Regional se encuentran un total de 365 denuncias en investigación, se han determinado 113 denuncias y se han judicializado 140 carpetas de investigación.

¨Esta penalidad para este ilícito es de dos a cinco años de prisión y tiene algunas atenuantes de la pena, en caso de que se repare el daño y se paguen la pensión, y también tiene agravantes cuando (el delito) se comente contra menores discapacitados¨, detalló

Se informó que de las denuncias que se encuentran interpuestas ante la Fiscalía Regional 583 han sido presentadas por representantes legales del sexo femenino, y 35 por parte de personas del sexo masculino.

Desde el inicio de la actual administración de la Fiscalía General del Estado, en Mexicali se han realizado un total de 618 querellas por delito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar.

Dicho delito se encuentra tipificado en el Código Penal del Estado de Baja California, en el artículo 235 el cual dice al que no proporcione alimentos a las personas con las que tenga ese deber legal, además de suspender o privar derechos de familia.

Pedro Ariel Mendivil García, Fiscal Regional en Mexicali, indicó que está clase de delitos es común para la autoridad, así mismo que esta clase de incidentes terminan resolviendo a través de un acuerdo reparatorio.

¨La prioridad para nosotros es que el menor sea inmediatamente restituido en el uso y goce de los alimentos (…) una de las instrucciones es cuidar de nuestros menores, y si ellos adolecen de falta de alimentos, vestidos, salud, educación de quien es el responsable, pueden recurrir a la Fiscalía y presentar su querella¨, detalló.

Actualmente en la Fiscalía Regional se encuentran un total de 365 denuncias en investigación, se han determinado 113 denuncias y se han judicializado 140 carpetas de investigación.

¨Esta penalidad para este ilícito es de dos a cinco años de prisión y tiene algunas atenuantes de la pena, en caso de que se repare el daño y se paguen la pensión, y también tiene agravantes cuando (el delito) se comente contra menores discapacitados¨, detalló

Se informó que de las denuncias que se encuentran interpuestas ante la Fiscalía Regional 583 han sido presentadas por representantes legales del sexo femenino, y 35 por parte de personas del sexo masculino.

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