A pesar del “Acuerdo por el que se suspenden términos en la Secretaría de Economía y se establecen medidas administrativas para contener la propagación del coronavirus COVID-19”, que se implementó el pasado 26 de marzo, por vía electrónica se pueden realizar algunos trámites.
El presidente del corporativo TLC Asociados, Dr. Octavio de la Torre de Stéffano, informó que para efectos de los trámites en materia de comercio exterior es competencia de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE).
Precisó que los plazos y términos legales correrán normalmente y continuarán operando conforme a lo previsto en la normatividad correspondiente en cada caso y en el Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior.
La DGFCCE podrá, mediante criterios generales, dar a conocer a los usuarios las modificaciones que, derivado de las circunstancias actuales, se requieran realizar a efecto de facilitarles el uso de los trámites a su cargo, abundó.
Indicó que en relación con los certificados de origen, certificados de elegibilidad para bienes textiles y prendas de vestir (TPL) y certificados de cupo, que por su naturaleza requieren ser impresos, sellados y con firma autógrafa, la forma de entrega será dada a conocer por la DGFCCE, a través del portal de la SE.
Octavio de la Torre mencionó que éstos también se podrán consultar en la página de internet del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) https://www.snice.gob.mx , y la cuenta Twitter @SNICEmx.
Por otra parte, comentó que para efectos de los trámites y procedimientos de la Dirección General de Normas, que se lleven a cabo con base en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás normativa aplicable, los plazos y términos legales correrán normalmente.
En relación con lo antes expuesto, especificó que la Secretaría de Economía informó el procedimiento que deberá de seguir para cada uno de los temas que se indican: I. Certificados de Origen y TPL’s. Oficio No. 414.2020.826, II. Avisos Automáticos de Importación de Productos Siderúrgicos. Oficio No. 414.2020.826 y III. Ratificación en Trámite de Cupos. Oficio No. 414.2020.826.