Algunas de las nuevas reglas que dicta la reforma laboral, aprobada en mayo del 2019, tienen que ver con el funcionamiento de los organismos sindicales desde ejercicios democráticos para la elección de sus líderes hasta la renuncia que pueden presentar los agremiados para dejar de realizar aportaciones.
En su artículo 10 apartado 6, la ley establece que el trabajador podrá manifestar a través de un escrito simple su rechazo a que no se le apliquen el descuento de la cuota sindical.
DERECHO INDISCUTIBLE
Sergio Moctezuma Martínez López, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en Baja California, expresó que es un derecho indiscutible al que debe apegarse la empresa y el secretariado general de los sindicatos.
“Si el trabajador no desea aportar esto no implica que la organización sindical le vaya a retirar el formar parte de ella, es un derecho consagrado antes no contemplado”.
De acuerdo con la STPS en Baja California hay registro oficial de 293 organizaciones sindicales, 82 de ellas establecidas en Mexicali.
Otro aspecto que ganan los trabajadores con la reforma laboral aprobada en mayo del año pasado, tiene que ver con que conocerán a detalle lo que se establece en el contrato colectivo de trabajo además de tener en su poder un juego de copias simples de este documento.
Martínez López destacó que también se contempla la libertad sindical, es decir el derecho de cada empleado a decidir a qué organización pertenecer así como elegir a sus líderes en un proceso transparente y democrático.
Ayer en Mexicali, el secretario del Trabajo encabezó un coloquio de sensibilización al respecto de la reforma laboral.