La construcción de una subestación de gas ubicada entre los fraccionamientos Monarcas 1 y 2 viola lo señalado en la Ley de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos del Estado, por lo que puede ser detenida, aseguró Antonio Rosquillas Navarro.
El coordinador Estatal de Protección Civil (CEPC) expresó que la dependencia no ha autorizado la instalación del establecimiento, pues no ha recibido por parte de la empresa la solicitud de análisis de riesgo.
Se trata de un requisito fundamental que le otorga la reglamentación estatal en la materia y que sin él no se puede entregar un permiso de uso de suelo por parte de Administración Urbana del Ayuntamiento de Mexicali.
En teoría ellos no pueden hacer nada, ni el Municipio les puede dar permiso, si no aprobamos el análisis de riesgo, el cual lo hacen ellos con algún consultor.
A pesar de esto, la dependencia municipal, según dijo su director Sergio Montes Montoya, sí dio un permiso de uso de suelo condicionado, lo que viola la normatividad.
El análisis de riesgo implica cuál es el peligro que ellos generan a la comunidad alrededor, a qué tipo de asentamientos, pero también vemos cuál es el peligro que ellos enfrentan.
También tenemos que revisar que el Municipio tenga el uso de suelo adecuado, que no haya una contradicción en los usos de suelo, que indique que es urbano o familiar, no se permitiría; pero si fuera mixto o comercial a lo mejor sí.
Hasta el momento la CEPC no ha acudido al lugar, a pesar de que ya se instalaron tres tanques de almacenamiento de gas.
Si ellos están construyendo sin nuestra aprobación es ilegal y sí le podemos pedir al Municipio y a la Federación que suspenda la obra y que no les permita continuar.
MUY CERCA
Desde el pasado lunes los vecinos de Monarcas 1 y 2 tienen tomadas las instalaciones de la subestación ubicada en las calles La Rosa de Mexicali y de La Cerámica y el miércoles acudieron a manifestarse al Ayuntamiento ante su preocupación.
Pero además, de acuerdo a la Ley publicada el 12 de julio del 2018, los centros de distribución de gas deben ubicarse a una distancia mínima de 300 metros radiales del área de concentración de personas.
Se refiere a escuelas, hospitales, centros de desarrollo infantil o guarderías.
Agrega la Ley que debe tener una distancia mínima de 150 metros radiales de centros comerciales, mercados, cines, teatros, iglesias, conjuntos habitacionales, entre otros.
Esto contrasta la realidad, que es creación del centro de distribución, pues solo con cruzar la calle de La Cerámica se encuentra una estancia infantil que atiende a 25 niños desde hace 4 años.
Los vecinos del lugar han manifestado su temor y recuerdan el caso del incendio de la Guardería ABC en Hermosillo, Sonora.
Por otra parte, la Ley indica que para entregar un permiso el proyecto deberá ser compatible y conforme a los programas de Desarrollo Urbano.
FALTA EQUIPO
Dijo que la Ley publicada el 12 de julio del 2018 otorga las atribuciones a la dependencia, pero no le dan con qué trabajar.
La responsabilidad de Protección Civil del Estado es ir a revisar todas las gaseras, pero no tenemos ni personal ni equipo, estamos totalmente rebasados.
Yo todavía estoy amarrado de las manos, porque no me han aprobado todavía que yo pueda ejercer las sanciones de ley, lo único que puedo hacer es una amonestación y a menos que sea un riesgo eminente podría yo clausurar.