/ miércoles 24 de julio de 2024

Exigen cumplimiento de nueva norma ambiental 

Gobiernos estatal y municipal Ignoraron la indicación de informar a la población sobre los riesgos en determinadas situaciones

El gobierno del estado de Baja California y el ayuntamiento de Mexicali desacataron los lineamientos para la comunicación del índice de calidad del aire y riesgos a la salud, establecidos en la NOM-172-SEMARNAT-2023 desde enero de 2024.

Alberto Mexía, director de Redspira AC, detalló que en 2022 y 2023 fueron invitados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) a participar en las mesas de trabajo para establecer nuevas normativas respecto a la medición y lineamientos del índice de calidad del aire, donde lograron que los registrados por las autoridades en esa materia fueran menos laxos.

Alberto Mexía Sánchez, director de Redspira | Archivo La Voz de la Frontera

Concretamente, la NOM-172-SEMARNAT-2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 25 de enero de 2024, estableció nuevos parámetros de medición, recomendaciones para la población según la calidad del aire detectada e informar sobre los tipos de contaminantes y los índices detectados por lo menos 24 horas antes.

Para el acatamiento de la norma se otorgaron 180 días, plazo que venció el lunes y el gobierno de Baja California y el de Mexicali, no acataron al 100 por ciento dicha normativa, por lo que cayeron en desacato.

El director de Redspira AC aclaró que, aunque ambos gobiernos actualizaron los rangos de medición de calidad del aire, no proporcionaron información sobre las recomendaciones y riesgos específicos que implican las categorías de calidad registradas a fin de proteger la salud de la población.

Además, en el caso del gobierno del estado, tampoco actualizó su portal para poder visualizar el promedio de calidad del aire registrado 24 horas antes.

“De hecho el gobierno del estado continúa con el pendiente, por ejemplo, de que las personas podamos explorar los datos. Tú entras a la plataforma y te muestra únicamente la última hora; están obligados a que tengas el promedio de las 24 horas disponibles”, expresó.

Alberto Mexía dijo que ya han tenido acercamientos con el gobierno municipal, quienes están al tanto de dicho desacato.

En el caso de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable (SMADS) del estado, mencionó que tendrán que enviar un oficio.

“Realmente es algo que ya esperábamos, no vemos una dependencia estatal 100 por ciento comprometida con los temas y requieren de esta presión social para que acaten los temas”, manifestó.

Las nuevas recomendaciones según la calidad del aire y riesgo establecidas en la NOM-172-SEMARNAT-2023 exigen dividirlas en tres tipos de población: uno, personas con enfermedades cardiovasculares o respiratorias y mayores de 60 años; dos, menores de 12 años y personas gestantes, y tres, población en general.

En estas recomendaciones, la autoridad obliga a los gobiernos y asociaciones a informar, entre otras cosas, sobre las actividades físicas que se pueden realizar al aire libre, qué tipo de síntomas se pueden presentar y qué acciones se pueden realizar.

Sin embargo, tanto estado como municipio continuaron limitándose a la normativa previa, que establecía recomendaciones para la población en general y grupos sensibles.

Al respecto, del área de comunicación social de la SMADS afirmaron que a partir de hoy se estarán visualizando en sus redes sociales las nuevas recomendaciones y también estarán disponibles en su página oficial.

Del ayuntamiento de Mexicali aseguraron que la información ya está actualizada pero desconocen por qué no se ve reflejado en el sitio web.

El gobierno del estado de Baja California y el ayuntamiento de Mexicali desacataron los lineamientos para la comunicación del índice de calidad del aire y riesgos a la salud, establecidos en la NOM-172-SEMARNAT-2023 desde enero de 2024.

Alberto Mexía, director de Redspira AC, detalló que en 2022 y 2023 fueron invitados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) a participar en las mesas de trabajo para establecer nuevas normativas respecto a la medición y lineamientos del índice de calidad del aire, donde lograron que los registrados por las autoridades en esa materia fueran menos laxos.

Alberto Mexía Sánchez, director de Redspira | Archivo La Voz de la Frontera

Concretamente, la NOM-172-SEMARNAT-2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 25 de enero de 2024, estableció nuevos parámetros de medición, recomendaciones para la población según la calidad del aire detectada e informar sobre los tipos de contaminantes y los índices detectados por lo menos 24 horas antes.

Para el acatamiento de la norma se otorgaron 180 días, plazo que venció el lunes y el gobierno de Baja California y el de Mexicali, no acataron al 100 por ciento dicha normativa, por lo que cayeron en desacato.

El director de Redspira AC aclaró que, aunque ambos gobiernos actualizaron los rangos de medición de calidad del aire, no proporcionaron información sobre las recomendaciones y riesgos específicos que implican las categorías de calidad registradas a fin de proteger la salud de la población.

Además, en el caso del gobierno del estado, tampoco actualizó su portal para poder visualizar el promedio de calidad del aire registrado 24 horas antes.

“De hecho el gobierno del estado continúa con el pendiente, por ejemplo, de que las personas podamos explorar los datos. Tú entras a la plataforma y te muestra únicamente la última hora; están obligados a que tengas el promedio de las 24 horas disponibles”, expresó.

Alberto Mexía dijo que ya han tenido acercamientos con el gobierno municipal, quienes están al tanto de dicho desacato.

En el caso de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable (SMADS) del estado, mencionó que tendrán que enviar un oficio.

“Realmente es algo que ya esperábamos, no vemos una dependencia estatal 100 por ciento comprometida con los temas y requieren de esta presión social para que acaten los temas”, manifestó.

Las nuevas recomendaciones según la calidad del aire y riesgo establecidas en la NOM-172-SEMARNAT-2023 exigen dividirlas en tres tipos de población: uno, personas con enfermedades cardiovasculares o respiratorias y mayores de 60 años; dos, menores de 12 años y personas gestantes, y tres, población en general.

En estas recomendaciones, la autoridad obliga a los gobiernos y asociaciones a informar, entre otras cosas, sobre las actividades físicas que se pueden realizar al aire libre, qué tipo de síntomas se pueden presentar y qué acciones se pueden realizar.

Sin embargo, tanto estado como municipio continuaron limitándose a la normativa previa, que establecía recomendaciones para la población en general y grupos sensibles.

Al respecto, del área de comunicación social de la SMADS afirmaron que a partir de hoy se estarán visualizando en sus redes sociales las nuevas recomendaciones y también estarán disponibles en su página oficial.

Del ayuntamiento de Mexicali aseguraron que la información ya está actualizada pero desconocen por qué no se ve reflejado en el sitio web.

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