La pasada XXIII Legislatura, no tuvo nada que ver con la reforma que fue suprimida por la SCJN, ya que solo se trató de especificaciones menores al delito de robo calificado, mientras que lo señalado ya venía de tiempo atrás, manifestó el diputado local por Morena, Juan Manuel Molina García.
El también presidente de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales de la XXIV Legislatura, quien en la pasada legislatura, también ocupó la titularidad de la misma comisión, reconoció no haber alcanzado hasta ese momento a revisar a fondo el caso, pero de entrada puede asegurar que no tuvo nada que ver.
“Parece ser que de la dictaminación, ese tema no fue materia de la reforma, esa parte quedó intocada, en aquella reforma lo que se planteaban eran unos ajustes de precisión como si es que era de noche, lugar cerrado, etcétera”.
LA VOZ DE LA FRONTERA publicó que por un error del Congreso local, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó el castigo penal agravado para el delito de robo calificado en el estado de Baja California.
Lo anterior debido a que por gestiones legislativas la fracción primera del artículo 208 del Código Penal de Baja California dice que la sanción para el delito de robo calificado será “de dos a siete años” sin aclarar si se refiere a años de cárcel u otras sanciones como trabajo en favor de la comunidad.
La Fiscalía General de la República promovió la acción de inconstitucionalidad 47/2021, en Contra del Congreso de Baja California mediante el cual impugnó el decreto 173, publicado en el Periódico Oficial del estado y que estableció reformas al Código Penal.
El 12 de febrero del año 2021 fue cuando el Congreso de Baja California realizó estos cambios al Código Penal, por lo que al quedar aprobada la eliminación de esta porción se estableció que esta tendrá “efectos retroactivos”, es decir que beneficiará a todos los acusados por robo calificado desde entonces.