/ domingo 22 de septiembre de 2024

Discutirá congreso reformas laborales para Baja California

Las mesas de trabajo se llevarán a cabo el día 7 de octubre, y la convocatoria para participar se encuentra ya publicada en la página del poder legislativo estatal

Este 7 de octubre, el Congreso del Estado llevará a cabo mesas de trabajo para discutir al menos cinco iniciativas de reformas relacionadas a cuestiones laborales en Baja California, entre estas la tipificación de la violencia laboral, riesgos de trabajo y la protección de los derechos laborales.

Las mesas de trabajo, tienen el propósito de recabar las opiniones de asociaciones civiles, integrantes de colectivos, académicos, especialistas, abogados y trabajadores, quienes ya pueden registrarse para participar o enviar sus posicionamientos, propuestas y sugerencias.

Este ejercicio se llevará a cabo de forma presencial en el edificio del Congreso del Estado, en Mexicali, y virtual por medio de la plataforma Zoom al resto del estado, y los interesados ya pueden enviar su contribución de manera virtual al correo liliana.sanchez@congresobc.gob.mx o entregarla físicamente en Oficialía de Partes con su nombre completo, municipio y si pertenece o no a alguna asociación civil.

LAS PROPUESTAS

Algunas de las iniciativas a revisarse, todas presentadas por la diputada de Morena Michel Sánchez Allende, son la modificación al Código Penal de Baja California, añadiendo un título sexto denominado “Delitos contra el Trabajo y la Previsión Social”.

Este nuevo capítulo, añadiría sanciones de tres meses a dos años de prisión y multas de entre 50 y 100 veces la UMA a directivos, gerentes, administradores o representantes de empresas que paguen salarios menores al mínimo de la región, retrasen el pago a sus trabajadores por más de 10 días sin justificación, retengan salarios de forma ilegal o no cumplan con el pago de Utilidades.

Se propone una pena de uno a seis años de prisión, además de multas de 100 a 500 UMAS para los patrones que cierren operaciones, cambien de domicilio o impidan el acceso de trabajadores a las empresas sin haberlos despedido cubriendo salarios, primas, indemnizaciones, aguinaldos y demás prestaciones, a menos que se haya firmado un acuerdo de pago.

ACOSO LABORAL

Se busca crear además el delito denominado “acoso laboral”, imponiendo una pena de seis meses a tres años de prisión y una multa de 100 a 500 veces el valor de la UMA a quien agreda física, verbal o psicológicamente por cualquier medio, de forma sistemática o repetitiva en el centro de trabajo, con intención de maltratar, humillar, ofender, intimidar o amenazar a una persona trabajadora.

Este delito se agravará, además, en el caso de que la persona que lo cometa sea superior jerárquico de la víctima.

VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

Otra iniciativa busca agregar un nuevo capítulo denominado Violencia Laboral contra las Mujeres, a fin de tipificar este tipo de violencia como el que se genera cuando se “obstaculice o condicione el acceso de una adolescente o mujer a través del establecimiento de requisitos relacionados con su género, edad, apariencia física, estado civil o condición de gravidez o maternidad”.

Según la iniciativa, aquellos que ejerzan violencia laboral contra las mujeres recibirán de uno a tres años de prisión y una sanción de entre 200 y 500 UMAS.

Esta sanción aplicará a patrones, personal de recursos humanos o cualquiera que exija la presentación de pruebas de no embarazo para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo, despida u obligue a una mujer por estar embarazada, impida a una mujer disfrutar del descanso por maternidad o permita hostigamientos o acoso sexual a las mujeres, entre otros.

DAÑO MORAL

Por otra parte, también se pretende modificar el artículo 1794 del Código Civil de Baja California, referente al concepto de “daño moral”, para añadir supuestos como el acoso laboral y la violencia laboral.

Como parte de esta modificación, se considerará como daño moral cuando un trabajador sufra un riesgo de trabajo, adquirido o agravado por culpa del patrón, o cuando sea víctima de un delito doloso dentro o fuera del centro de trabajo.

DESAPARICIÓN FORZADA

A estas iniciativas se suma, además, una propuesta de reforma a la Ley Federal del Trabajo, con la que se pretende añadir una fracción XXIV al artículo 132, en el cual se exige a empresas con más de 50 trabajadores implementar un protocolo para “prevenir, atender la desaparición de personas en el centro de trabajo”.

Esta propuesta llega a casi un mes de la desaparición de Servando Salazar Cano, de 35 años, quien fue visto por última vez el 23 de agosto de este año, en las instalaciones de la empresa Prime Wheel, donde labora desde hace ocho años, en el Parque Industrial Chilpancingo en Tijuana.

Hasta el momento, la Fiscalía General del Estado (FGE) continúa las investigaciones, con dos personas detenidas y vinculadas a proceso por la desaparición del trabajador, ambos compañeros de trabajo del hoy desaparecido.

Este 7 de octubre, el Congreso del Estado llevará a cabo mesas de trabajo para discutir al menos cinco iniciativas de reformas relacionadas a cuestiones laborales en Baja California, entre estas la tipificación de la violencia laboral, riesgos de trabajo y la protección de los derechos laborales.

Las mesas de trabajo, tienen el propósito de recabar las opiniones de asociaciones civiles, integrantes de colectivos, académicos, especialistas, abogados y trabajadores, quienes ya pueden registrarse para participar o enviar sus posicionamientos, propuestas y sugerencias.

Este ejercicio se llevará a cabo de forma presencial en el edificio del Congreso del Estado, en Mexicali, y virtual por medio de la plataforma Zoom al resto del estado, y los interesados ya pueden enviar su contribución de manera virtual al correo liliana.sanchez@congresobc.gob.mx o entregarla físicamente en Oficialía de Partes con su nombre completo, municipio y si pertenece o no a alguna asociación civil.

LAS PROPUESTAS

Algunas de las iniciativas a revisarse, todas presentadas por la diputada de Morena Michel Sánchez Allende, son la modificación al Código Penal de Baja California, añadiendo un título sexto denominado “Delitos contra el Trabajo y la Previsión Social”.

Este nuevo capítulo, añadiría sanciones de tres meses a dos años de prisión y multas de entre 50 y 100 veces la UMA a directivos, gerentes, administradores o representantes de empresas que paguen salarios menores al mínimo de la región, retrasen el pago a sus trabajadores por más de 10 días sin justificación, retengan salarios de forma ilegal o no cumplan con el pago de Utilidades.

Se propone una pena de uno a seis años de prisión, además de multas de 100 a 500 UMAS para los patrones que cierren operaciones, cambien de domicilio o impidan el acceso de trabajadores a las empresas sin haberlos despedido cubriendo salarios, primas, indemnizaciones, aguinaldos y demás prestaciones, a menos que se haya firmado un acuerdo de pago.

ACOSO LABORAL

Se busca crear además el delito denominado “acoso laboral”, imponiendo una pena de seis meses a tres años de prisión y una multa de 100 a 500 veces el valor de la UMA a quien agreda física, verbal o psicológicamente por cualquier medio, de forma sistemática o repetitiva en el centro de trabajo, con intención de maltratar, humillar, ofender, intimidar o amenazar a una persona trabajadora.

Este delito se agravará, además, en el caso de que la persona que lo cometa sea superior jerárquico de la víctima.

VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

Otra iniciativa busca agregar un nuevo capítulo denominado Violencia Laboral contra las Mujeres, a fin de tipificar este tipo de violencia como el que se genera cuando se “obstaculice o condicione el acceso de una adolescente o mujer a través del establecimiento de requisitos relacionados con su género, edad, apariencia física, estado civil o condición de gravidez o maternidad”.

Según la iniciativa, aquellos que ejerzan violencia laboral contra las mujeres recibirán de uno a tres años de prisión y una sanción de entre 200 y 500 UMAS.

Esta sanción aplicará a patrones, personal de recursos humanos o cualquiera que exija la presentación de pruebas de no embarazo para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo, despida u obligue a una mujer por estar embarazada, impida a una mujer disfrutar del descanso por maternidad o permita hostigamientos o acoso sexual a las mujeres, entre otros.

DAÑO MORAL

Por otra parte, también se pretende modificar el artículo 1794 del Código Civil de Baja California, referente al concepto de “daño moral”, para añadir supuestos como el acoso laboral y la violencia laboral.

Como parte de esta modificación, se considerará como daño moral cuando un trabajador sufra un riesgo de trabajo, adquirido o agravado por culpa del patrón, o cuando sea víctima de un delito doloso dentro o fuera del centro de trabajo.

DESAPARICIÓN FORZADA

A estas iniciativas se suma, además, una propuesta de reforma a la Ley Federal del Trabajo, con la que se pretende añadir una fracción XXIV al artículo 132, en el cual se exige a empresas con más de 50 trabajadores implementar un protocolo para “prevenir, atender la desaparición de personas en el centro de trabajo”.

Esta propuesta llega a casi un mes de la desaparición de Servando Salazar Cano, de 35 años, quien fue visto por última vez el 23 de agosto de este año, en las instalaciones de la empresa Prime Wheel, donde labora desde hace ocho años, en el Parque Industrial Chilpancingo en Tijuana.

Hasta el momento, la Fiscalía General del Estado (FGE) continúa las investigaciones, con dos personas detenidas y vinculadas a proceso por la desaparición del trabajador, ambos compañeros de trabajo del hoy desaparecido.

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