/ lunes 4 de marzo de 2024

Dictaminan Ley Sabina en comisión

Con la que se busca integrar al registro nacional de obligaciones alimentarias a aquellas personas que sean deudores o morosos alimentarios en el estado

Diputados aprobaron el dictamen de la iniciativa de reforma “Ley Sabina” con la que se busca integrar al registro nacional de obligaciones alimentarias a aquellas personas que sean deudores o morosos alimentarios en el estado y así exhibir sus nombres en el padrón nacional, esto, de aprobarse también en el pleno.

Con esta reforma de ley se pondrá en función el registro nacional de obligaciones alimentarias en Baja California reformando del Código Penal el delito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar.

Se estableció que la persona que incumpla con la obligación de dar alimentos en un periodo de 30 días se constituirá como deudor de alimentario moroso por lo que los jueces del orden familiar podrán ordenar la inscripción al registro nacional de obligaciones alimentarias.

En ese sentido, se modificó la Ley que regula los servicios de control vehícular para establecer como requisito para expedición de las licencias de conducir la solicitud del certificado de no inscripción en el registro de obligaciones alimentarias.

Dicha solicitud también se deberá presentar para participar como candidatos a un cargo de elección popular a nivel federal, estatal y local, así como cargos a magistraturas o jueces en lo federal, estatal y local.

Además, se reformó la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, para facultar al Tribunal Superior de Justicia a instrumentar y reglamentar el sistema de información del registro nacional de obligaciones alimentarias.

SUJETOS OBLIGADOS

Por su parte, el diputado Juan Manuel Molina García aclaró que en el artículo 306 se establece que la obligación alimentaria podría ser el padre o también la madre u otras personas obligadas que tengan esa responsabilidad.

“A veces la mamá dice que si me ayuda, pero ayuda el que no tiene obligación y el que si la tiene debe de cumplirla, sino, sanción, embargo y todo lo demás que se tenga que hacer para que cumplan”, agregó el legislador.

Molina García indicó, que también se les va a informar a la persona con la que quiera contraer matrimonio el deudor en el Registro Civil que se trata de una persona deudora alimentista, por si la pareja estaba ocultando esa información.

“Debe tomarse en cuenta la capacidad del deudor, las necesidades de los acreedores y el nivel de vida que tenían porque las personas que están acostumbradas a un nivel de vida mayor luego terminan con una pensión de 300 pesos al mes”, agregó.

Isis Guevara de la Consultoria Jurídica, expresó que también aplicará para las personas que se encuentren en una situación de adopción, ya que en la Ley de Adopciones del Estado en el artículo 58 establece que una persona adoptante tiene las mismas obligaciones como padre.

La iniciativa reforma fue presentada por la diputada Liliana Michel Sánchez Allende para que se reforme el artículo 235 del Código Penal de Baja California así como modificar los artículos 35, 94, 279, 306, 307, 317, 319, 320, 320 BIS y crear los artículos, 323 TER, 324 TER 325 TER, del Código Civil del Estado.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Como parte de la exposición de motivos mencionó que es obligación del estado proteger el desarrollo de la familia, velar por el principio del interés superior de la niñez, y garantizar primordialmente el derecho a los niños, niñas y adolescentes el derecho a la satisfacción de las necesidades de alimentación.

Sánchez Allende comentó que la ley nacional entró en vigor en mayo de 2023, donde el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) nacional tiene un plazo de 300 días hábiles para crear el sistema nacional del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

Asimismo, a los congresos locales y tribunales superiores de justicia se les dio un plazo de 120 días hábiles para legislar en lo que compete a cada estado, con el fin de alimentar ese registro nacional, por lo cual se busca adelantar y descentralizar a nivel local.

INSPIRADA EN SABINA

Dicha ley fue inspirada en la historia de la hoy activista oaxaqueña Diana Luz Vasquez Ruíz, quien comenzó una lucha por los derechos de su hija “Sabina” para que su ex pareja afrontara las responsabilidades económicas y reconsidere su paternidad.

EL DICTAMEN

Con el dictamen número 32 fue aprobado en votación nominal con 5 votos a favor, cero en contra y ninguna abstención en sesión virtual de la Comisión de Igualdad de Género y Juventudes del congreso del estado para votarse en sesión extraordinaria el próximo 8 de marzo.

Diputados aprobaron el dictamen de la iniciativa de reforma “Ley Sabina” con la que se busca integrar al registro nacional de obligaciones alimentarias a aquellas personas que sean deudores o morosos alimentarios en el estado y así exhibir sus nombres en el padrón nacional, esto, de aprobarse también en el pleno.

Con esta reforma de ley se pondrá en función el registro nacional de obligaciones alimentarias en Baja California reformando del Código Penal el delito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar.

Se estableció que la persona que incumpla con la obligación de dar alimentos en un periodo de 30 días se constituirá como deudor de alimentario moroso por lo que los jueces del orden familiar podrán ordenar la inscripción al registro nacional de obligaciones alimentarias.

En ese sentido, se modificó la Ley que regula los servicios de control vehícular para establecer como requisito para expedición de las licencias de conducir la solicitud del certificado de no inscripción en el registro de obligaciones alimentarias.

Dicha solicitud también se deberá presentar para participar como candidatos a un cargo de elección popular a nivel federal, estatal y local, así como cargos a magistraturas o jueces en lo federal, estatal y local.

Además, se reformó la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, para facultar al Tribunal Superior de Justicia a instrumentar y reglamentar el sistema de información del registro nacional de obligaciones alimentarias.

SUJETOS OBLIGADOS

Por su parte, el diputado Juan Manuel Molina García aclaró que en el artículo 306 se establece que la obligación alimentaria podría ser el padre o también la madre u otras personas obligadas que tengan esa responsabilidad.

“A veces la mamá dice que si me ayuda, pero ayuda el que no tiene obligación y el que si la tiene debe de cumplirla, sino, sanción, embargo y todo lo demás que se tenga que hacer para que cumplan”, agregó el legislador.

Molina García indicó, que también se les va a informar a la persona con la que quiera contraer matrimonio el deudor en el Registro Civil que se trata de una persona deudora alimentista, por si la pareja estaba ocultando esa información.

“Debe tomarse en cuenta la capacidad del deudor, las necesidades de los acreedores y el nivel de vida que tenían porque las personas que están acostumbradas a un nivel de vida mayor luego terminan con una pensión de 300 pesos al mes”, agregó.

Isis Guevara de la Consultoria Jurídica, expresó que también aplicará para las personas que se encuentren en una situación de adopción, ya que en la Ley de Adopciones del Estado en el artículo 58 establece que una persona adoptante tiene las mismas obligaciones como padre.

La iniciativa reforma fue presentada por la diputada Liliana Michel Sánchez Allende para que se reforme el artículo 235 del Código Penal de Baja California así como modificar los artículos 35, 94, 279, 306, 307, 317, 319, 320, 320 BIS y crear los artículos, 323 TER, 324 TER 325 TER, del Código Civil del Estado.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Como parte de la exposición de motivos mencionó que es obligación del estado proteger el desarrollo de la familia, velar por el principio del interés superior de la niñez, y garantizar primordialmente el derecho a los niños, niñas y adolescentes el derecho a la satisfacción de las necesidades de alimentación.

Sánchez Allende comentó que la ley nacional entró en vigor en mayo de 2023, donde el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) nacional tiene un plazo de 300 días hábiles para crear el sistema nacional del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

Asimismo, a los congresos locales y tribunales superiores de justicia se les dio un plazo de 120 días hábiles para legislar en lo que compete a cada estado, con el fin de alimentar ese registro nacional, por lo cual se busca adelantar y descentralizar a nivel local.

INSPIRADA EN SABINA

Dicha ley fue inspirada en la historia de la hoy activista oaxaqueña Diana Luz Vasquez Ruíz, quien comenzó una lucha por los derechos de su hija “Sabina” para que su ex pareja afrontara las responsabilidades económicas y reconsidere su paternidad.

EL DICTAMEN

Con el dictamen número 32 fue aprobado en votación nominal con 5 votos a favor, cero en contra y ninguna abstención en sesión virtual de la Comisión de Igualdad de Género y Juventudes del congreso del estado para votarse en sesión extraordinaria el próximo 8 de marzo.

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