/ martes 8 de agosto de 2023

Dan largas a presunta violencia de género en el IEEBC

Reitera Tribunal Electoral local restitución de funcionaria separada del IEEBC

De nueva cuenta, el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (TJEBC) ordenó revocar el acuerdo por el cual el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEEBC) destituyó a Alondra Ivette Agraz Nungaray de su cargo como titular de la Unidad de Archivo del propio Instituto.

Esta es la segunda ocasión en que se revoca el despido de Agraz Nungaray, luego de que fuera impugnado en dos ocasiones por la propia ciudadana, quien acusó la comisión de actos de violencia de género institucional, política, laboral, psicológica y simbólica en su contra por parte del consejero presidente, Luis Alberto Hernández Morales.

La resolución del Tribunal local, presentada por la magistrada Carola Andrade Ramírez y aprobada por unanimidad, considera que el despido de Agraz Nungaray fue “indebidamente fundado y motivado”, ya que argumenta que el Instituto no explicó las razones mínimas para justificar la pérdida de confianza hacia la titular.

En lo que respecta a las acusaciones por presuntos actos de violencia de género, fue turnado al Instituto Nacional Electoral (INE), ya que considera que esta es la autoridad competente para resolverlos, aunque se mantienen medidas cautelares en contra del consejero presidente.

Asimismo, el Tribunal local fijó un plazo de 10 días hábiles para que el Consejo General cumpla la sentencia y mientras tanto se deberá mantener el vínculo laboral entre el Instituto Electoral y Agraz Nungaray.

ANTECEDENTES

Fue el 9 de marzo del presente año cuando el Consejo General aprobó el acuerdo identificado con la clave IEEBC/CGE07/2023, que en su séptimo punto se refería a la remoción de Agraz Nungaray por pérdida de confianza.

Posteriormente, la ciudadana promovió dos medios de impugnación en contra del acuerdo, los cuales fueron reencauzados como juicios para la protección de los derechos políticos electorales de la ciudadanía, bajo los expedientes JDC-17/2023 y JDC-19/2023.

Esto derivó en la primera revocación del acuerdo por parte del Tribunal local, que el 11 de mayo ordenó restituir a Agraz Nungaray en su antiguo puesto.

Sin embargo, esta resolución fue impugnada una semana después, el 18 de mayo, por los consejeros electorales Olga Viridiana Maciel Sánchez, Guadalupe Flores Meza, Vera Juárez Figueroa y Abel Alfredo Muñoz Pedraza, así como el propio consejero presidente, ante la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Estas impugnaciones fueron finalmente resueltas el 6 de julio por la Sala Regional Guadalajara, que en la resolución JE-19/2023 considera que en su primera sentencia el Tribunal local afectó las atribuciones que tiene el Consejo General para remover a los titulares de los órganos de dirección del Instituto.

En consecuencia, la Sala Regional Guadalajara revocó parcialmente la sentencia original del Tribunal local, ordenando emitir una nueva sentencia, la cual fue dictada la tarde de ayer.

De nueva cuenta, el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (TJEBC) ordenó revocar el acuerdo por el cual el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEEBC) destituyó a Alondra Ivette Agraz Nungaray de su cargo como titular de la Unidad de Archivo del propio Instituto.

Esta es la segunda ocasión en que se revoca el despido de Agraz Nungaray, luego de que fuera impugnado en dos ocasiones por la propia ciudadana, quien acusó la comisión de actos de violencia de género institucional, política, laboral, psicológica y simbólica en su contra por parte del consejero presidente, Luis Alberto Hernández Morales.

La resolución del Tribunal local, presentada por la magistrada Carola Andrade Ramírez y aprobada por unanimidad, considera que el despido de Agraz Nungaray fue “indebidamente fundado y motivado”, ya que argumenta que el Instituto no explicó las razones mínimas para justificar la pérdida de confianza hacia la titular.

En lo que respecta a las acusaciones por presuntos actos de violencia de género, fue turnado al Instituto Nacional Electoral (INE), ya que considera que esta es la autoridad competente para resolverlos, aunque se mantienen medidas cautelares en contra del consejero presidente.

Asimismo, el Tribunal local fijó un plazo de 10 días hábiles para que el Consejo General cumpla la sentencia y mientras tanto se deberá mantener el vínculo laboral entre el Instituto Electoral y Agraz Nungaray.

ANTECEDENTES

Fue el 9 de marzo del presente año cuando el Consejo General aprobó el acuerdo identificado con la clave IEEBC/CGE07/2023, que en su séptimo punto se refería a la remoción de Agraz Nungaray por pérdida de confianza.

Posteriormente, la ciudadana promovió dos medios de impugnación en contra del acuerdo, los cuales fueron reencauzados como juicios para la protección de los derechos políticos electorales de la ciudadanía, bajo los expedientes JDC-17/2023 y JDC-19/2023.

Esto derivó en la primera revocación del acuerdo por parte del Tribunal local, que el 11 de mayo ordenó restituir a Agraz Nungaray en su antiguo puesto.

Sin embargo, esta resolución fue impugnada una semana después, el 18 de mayo, por los consejeros electorales Olga Viridiana Maciel Sánchez, Guadalupe Flores Meza, Vera Juárez Figueroa y Abel Alfredo Muñoz Pedraza, así como el propio consejero presidente, ante la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Estas impugnaciones fueron finalmente resueltas el 6 de julio por la Sala Regional Guadalajara, que en la resolución JE-19/2023 considera que en su primera sentencia el Tribunal local afectó las atribuciones que tiene el Consejo General para remover a los titulares de los órganos de dirección del Instituto.

En consecuencia, la Sala Regional Guadalajara revocó parcialmente la sentencia original del Tribunal local, ordenando emitir una nueva sentencia, la cual fue dictada la tarde de ayer.

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