Continúan a favor de policías con arma fuera de horario

Ya que no fue vetada por el poder ejecutivo hay concordancia en que la reforma fue bien hecha

Vicente Guerra | La Voz de la Frontera

  · jueves 26 de octubre de 2023

Foto: Jorge Galindo | La Voz de la Frontera

Continuará hacia adelante la reforma para que los policías porten su arma de fuego fuera de su horario laboral, ya que no fue vetada por el poder ejecutivo, hay concordancia en que la reforma fue bien hecha, manifestó el diputado, Juan Manuel Molina García.

“No es el único estado, ya dos tres estados le entraron a una reforma similar y vamos para adelante, no podemos estar desconfiando de quienes están para proteger y servir”, indicó.

Así mismo, Molina García mencionó que el artículo 24 de la Ley de Armas de Fuego y Explosivos no establece horarios de servicio, por lo tanto, con el artículo se prevé que las legislaciones pueden hacer las formas, modos requisitos y condiciones para la portación.

“La reforma que se hizo no es un cheque en blanco de que ya a partir de su publicación ya podía suceder, hay requisitos adicionales, se tienen que justificar determinadas situaciones, los policías a veces participan en situaciones de alto impacto”, justificó.

También reconoció que los policías pasaron sus evaluaciones en el Centro de Evaluación y Control de Confianza (C3) además de requisitos adicionales, por lo que no hay por qué desconfiar.

Vicente Guerra | La Voz de la Frontera

“En la siguiente sesión del pleno voy a subir un exhorto en donde se pida tanto a la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) al Poder Ejecutivo Estatal y a la Secretaría de la Defensa Nacional que entren al análisis de la licencia si consideran que esto fuera un dique para dar más tranquilidad y seguridad”, añadió.

Por último, el legislador consideró que desde su percepción y análisis jurídico la Ley Federal avala la reforma que se hizo en el congreso local, por lo tanto, si alguien interpusiera algún amparo o acción inconstitucional seguramente se sostendría en su legalidad.

“Generalmente, cuando alguien está disconforme con un acuerdo o una resolución o lo que se sentó en un acta, tiene el derecho de firmar bajo protesta en el sentido de que no se reconoce todo lo demás, pero uno está al amparo de la ley”, concluyó.