El Periódico Oficial del Estado, publicó este lunes, las reformas al Poder Judicial en la que extinguen al Consejo de la Judicatura, y le regresan las facultades al gobernador, de proponer una terna para el nombramiento de magistrados, aunque estas reformas entrarán en vigor en menos de 60 días.
Se trata del decreto 110 en el que se reforman varios artículos de la Constitución local, y que contempla la desaparición del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, para dar paso a la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina.
Dicha junta será la responsable de conducir la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial, y fungirá como órgano de apoyo administrativo del Tribunal Superior de Justicia.
En el Artículo 58 de la Constitución local, se establece que seis meses antes de que concluya la gestión de los magistrados, el congreso del estado realizará los nuevos nombramientos con dos terceras partes de los votos, entre la terna que envíe el Ejecutivo del estado.
El congreso del estado deberá resolver dentro de los 30 días naturales después de que reciba la terna del Ejecutivo, debiendo tomar en cuenta el principio de paridad de género.
Un año antes de que termine el periodo del magistrado, el pleno del Tribunal Superior de Justicia del estado, procederá a elaborar un dictamen técnico de evaluación de su desempeño y emita una opinión al respecto.
En cuanto a los integrantes del Consejo de la Judicatura, nombrados por el gobernador y el congreso del estado, terminarán de inmediato su encargo, los magistrados consejeros y juez consejero cesarán como tales sin afectación de su adscripción judicial.
Los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros del Consejo de la Judicatura, pasarán a la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial de Baja California.
El pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado, designará a un magistrado que integrará la Junta de Administración y Vigilancia, la cual se renovará cada 3 años y no recibirá remuneración extra