Por unanimidad, el Cabildo de Mexicali aprobó la reforma constitucional a los Artículos 18, 42, 80 y 87 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, con la que se busca que violentadores y deudores alimenticios no puedan aspirar a cargos públicos.
Durante la quincuagésima segunda sesión de cabildo de carácter extraordinario, con 13 votos a favor se aprobó dicha reforma constitucional que deberá ser votada en todos los Cabildos del Estado.
Dicha reforma pretende sancionar con la suspensión de los derechos políticos, electorales y civiles a quienes hayan resultado declarados por sentencia firme como violentadores a otras personas.
También contempla que como requisito para participar en candidaturas de elección popular, deberán presentar certificado de no inscripción en el registro nacional de obligaciones alimentarias para proteger y garantizar el derecho a los alimentos de los niños.
Con esta reforma, se podrá negar las candidaturas a personas deudoras alimentarias morosas, a los cargos como diputaciones locales, gubernatura, miembros de algún ayuntamiento, presidente o presidenta a la función estatal de los derechos humanos, consejeros del instituto de transparencia y acceso a la información pública y protección de datos personales del estado, a la titularidad de la Auditoría Superior del Estado, así como a los cargos de magistraturas del Poder Judicial, Jueces y la titularidad de la Fiscalía General del Estado.
Los aspirantes a cargos populares también deberán firmar una declaración de buena fe, bajo protesta de decir verdad, manifestando que no hayan sido sancionados por ilícitos.
Durante el análisis del dictamen, las regidoras panistas Victoria Guerrero Urquidez y Edel de la Rosa Anaya celebraron que se establezca en la ley la imposibilidad de participar en los cargos públicos anteriormente mencionados.
“El que se vaya a prohibir que aquellos deudores o violentadores no puedan participar en una elección, creo que debe de ser un gran avance para todos”, dijo Guerrero.
Igualmente, de la Rosa puntualizó que no podrán participar aquellos que tengan una sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida e integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexual, el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar en diferentes modalidades, violación a la intimidad sexual, violencia política en razón de género o por ser una persona deudora alimentaria.