Alista Congreso pago de adeudo histórico del Estado a la UABC

El gobernador se comprometió con la máxima casa de estudios, liquidar el adeudo histórico el 1 de noviembre

Alejandro Domínguez | La Voz de la Frontera

  · sábado 31 de octubre de 2020

Por unanimidad, la XXIII Legislatura del estado, aprobó una reforma al Presupuesto de Egresos del Estado, para el Ejercicio Fiscal 2020, previo al primer Informe de Gobierno de Jaime Bonilla Valdez, para cubrir el adeudo de 1 mil 700 millones de pesos (mdp), que el estado tiene con la Universidad Autónoma de Baja California.

El mandatario estatal se comprometió a saldar el adeudo que se mantiene con la máxima casa de estudios, entregando el cheque por 1 mil 700 millones de pesos el día de su primer informe de gobierno, que será mañana 1 de noviembre.

La mañana de este viernes se realizó una sesión extraordinaria que tuvo como único punto la reforma en la que se adiciona el Artículo 14 Bis, del Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2020, en el que se establece que:

Artículo 14 Bis.- Se considerará de ampliación automática toda asignación adicional de recursos que se realice a favor de la Universidad Autónoma de Baja California (UABC) por concepto de pagos pendientes y demás pasivos que tenga el Ejecutivo del Estado con dicha institución.

Las asignaciones adicionales a que se refiere el párrafo anterior serán consideradas como erogaciones plurianuales en términos de la ley para que dicho organismo pueda brindar los servicios Educativos a Nivel Superior en el Estado, dichos recursos se erogarán en los plazos y términos del convenio que deberá celebrar el Gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Hacienda con la UABC.

El convenio mencionado establecerá el compromiso plurianual de recursos estatales hasta por un horizonte de 20 meses y, en su caso, de los fondos de aportaciones federales cuyos fines sean compatibles con lo previsto en este artículo, para asegurar su cumplimiento.

La Secretaría de Hacienda del Estado informará al Congreso del Estado sobre lo previsto en este artículo, en los términos de las disposiciones aplicables.