Con el fin de mantener un estricto control de plagas exóticas por la importación de ár- boles de Navidad naturales, este jueves se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-013-SEMAR- NAT-2020 para regular la introducción a este país de las especies Pinus y Abies, así como Pseudotsuga menziesii.
Dicha norma se deriva de dos estudios de Análisis de Riesgo de Plagas que realizó la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el 2009 y 2015 en los puntos de ingreso de árboles de Navidad naturales, cuando se detectaron especies de insectos que no existen en México y son de importancia cuarentenaria.
Por lo anterior, se determinó publicar la nueva norma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y dejará sin efecto la NOM-013-SEMARNAT-2010, de manera que el listado de plagas de insectos pasó de 12 a 22 en la nueva norma.
Además, se da claridad al contenido de los certificados fitosanitarios, de manera
que ahora se alinean a lo que establece la Norma Internacional para Medidas Fitos- anitarias 12 de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria. Y se incrementó el porcentaje de la verificación de 1.5% a 2%, con lo cual se fortalece sin duda la eficacia y eficiencia de las inspecciones para disminuir principalmente la probabilidad de que ingrese una plaga de importancia cuarentenaria.
También se da mayor claridad al Procedimiento de Evaluación para la Conformidad de la Norma, a las Unidades de Verificación en su coadyuvancia con la autoridad y al personal oficial de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en sus actos de inspección y vigilancia.
De esta manera, los árboles de Navidad naturales que se pretenda importar deberán: Ser de la especie Pseudotsuga menziesii o de las especies de los géneros Abies o Pinus, con excepción de por lo menos 23 especies de Pinus por ser portadoras de la "roya del pino blanco" (Cronartium ribícola).
Dichos árboles deberán estar libres de cualquiera de las 22 especies de insectos incluidos en la nueva NOM, así como dos tipos de ácaros y ocho hongos patógenos, además de que los ejemplares no deberán provenir de plantaciones ubicadas en condados donde las organizaciones nacionales de protección civil fitosanitaria de Canadá y Estados Unidos reporten la presencia de Lymantria dispar.