La vieja Corte, la que va de salida, era protectora del trabajo periodístico. Así lo prueban las varias jurisprudencias favorables a la prensa, desfavorables para los políticos.
Con las señales que tenemos es suficiente para establecer que la nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación hará lo necesario para no incomodar a todo lo relacionado con el Ejecutivo, lo cual son malas noticias. Eso implica decisiones que tiendan a castigar lo que se supone sería un exceso en el trabajo periodístico, léase análisis, comentarios, sátira, caricatura política, creaciones vía IA, opiniones.
La vieja Corte estableció en el cuaderno de jurisprudencias titulado “Libertad de expresión y periodismo”, que los políticos en activo, quienes fueron y quienes aspiren a serlo, “tienen un derecho a la intimidad y al honor con menos resistencia normativa general que el que asiste a los ciudadanos ordinarios”.
Los poderosos son ciudadanos de primera porque tienen muchas ventajas, como sueldos jugosos sin estar sujetos a evaluación; acceso a información privilegiada para hacer negocios lícitos, aunque inmorales y hoy, la potencial protección ciega de la justicia.
Una prensa libre es buena, ya que “una opinión pública bien informada es el medio más adecuado para conocer y juzgar las ideas y actitudes de los dirigentes políticos”. El trabajo periodístico aporta herramientas al público para comprender mejor la realidad.
Sí, es cierto, el periodismo en la actualidad, en especial el de análisis, deja mucho qué desear, por ser pasional, poco racional, lleno de odio, pero aún así la autoridad no debería ser el ente que decida quién debería ser rechazado, esa es tarea del público.
La vieja Corte dejó para la historia planteamientos como éste sobre el debate informativo: "Debe ser desinhibido, robusto y abierto, pudiendo incluir ataques vehementes, cáusticos y desagradablemente mordaces sobre personajes públicos o, en general, ideas que puedan ser recibidas desfavorablemente por sus destinatarios…”.
Los señalamientos de la prensa pueden abordar incluso aspectos de la vida sexual del político porque “… no es cierto que por el solo hecho de referirse a aspectos sexuales de la vida de las personas, ciertos hechos o afirmaciones caigan dentro de un ámbito inquebrantable e intocable de privacidad…”.
Lo más probable es que veamos a la nueva Corte modificar lo hecho por la vieja Corte, no necesariamente obligados por el gobierno, sino por valores entendidos. Esto, basados en criterios como “La jurisprudencia debe ser obligatoria, pero no estática, pudiendo modificarse (…) para fijar su sentido en concordancia con el progreso de la vida”. (archivos.juridicas.unam.mx).