/ miércoles 26 de junio de 2024

El Muro | Dudas legítimas

Los documentos oficiales que autorizan a personas transexuales menores de edad modificar su género en el acta de nacimiento en Baja California, despiertan más dudas que certezas. Eso no es bueno.

Un lector curioso esperaría que tanto la Suprema Corte de Justicia como el Poder Legislativo local produjeran análisis completos, lo suficiente como para después de leerlos fuera posible entender el tema, sin tener ninguna interrogante. Pero no es así. Tanto la sentencia 174/2021 de la Corte, como el dictamen 43 de la Comisión de Igualdad de Género y Juventudes, son documentos técnicos- jurídicos con prácticamente nula sustancia sobre el tema de la diversidad sexual. La verborrea, muchas páginas de texto, no es igual a información de calidad.

Foto: Sergio Caro | La Voz de la Frontera

Sí, hablan de los derechos humanos, de la protección a la niñez, pero hay muchas dudas legítimas, en especial la de la capacidad de un ser humano, para tomar decisiones importantes a una edad tan temprana.

Para la Corte, la capacidad de razonamiento no necesariamente está ligada a la edad biológica, mientras para el Congreso local lo mismo hay adolescentes maduros, como mayores de 18 años, que toman decisiones impulsivas. Todo lo anterior, dicho sin ningún tipo de respaldo científico. Eso resulta extraño, porque información rigurosa disponible gratis en la web sobra.

En parte es entendible la utilización de herramientas del Derecho porque ambos entes trabajan con leyes, pero para hacerlas mejor, para que cumplan con su función, es necesario analizar los hechos desde todas las perspectivas, en especial éste tan innecesariamente polémico.

Por ejemplo, ¿qué dice la ciencia sobre la transexualidad, la evolución del cerebro en la toma de decisiones, cuándo concluye la niñez, en qué momento madura el cerebro de un humano, qué papel juega el lóbulo frontal?

“Guidelines for psychological practice with transgender and gender nonconforming people” de la Asociación de Psicología de los Estados Unidos, destaca el valor del trabajo multidisciplinario para una atención eficaz de personas transexuales, razón de más como para que tanto el Congreso como la Corte amplíen su capacidad para visualizar el tema.

La transexualidad es real: “… Cuando los niños transgénero reciben apoyo para afirmar sus identidades de género, sus dificultades de salud mental disminuyen” (“Embracing for psychological practice with transgender…”).

Antes de aventar una modificación legal, el Congreso del Estado debió haber estudiado bien porque recursos le sobran; preparar un plan de comunicación, para evitar o al menos disminuir la confrontación entre quienes ven esto como una fiesta y quienes, con toda razón, lo ven como una ofensa a las paternidades.

Los documentos oficiales que autorizan a personas transexuales menores de edad modificar su género en el acta de nacimiento en Baja California, despiertan más dudas que certezas. Eso no es bueno.

Un lector curioso esperaría que tanto la Suprema Corte de Justicia como el Poder Legislativo local produjeran análisis completos, lo suficiente como para después de leerlos fuera posible entender el tema, sin tener ninguna interrogante. Pero no es así. Tanto la sentencia 174/2021 de la Corte, como el dictamen 43 de la Comisión de Igualdad de Género y Juventudes, son documentos técnicos- jurídicos con prácticamente nula sustancia sobre el tema de la diversidad sexual. La verborrea, muchas páginas de texto, no es igual a información de calidad.

Foto: Sergio Caro | La Voz de la Frontera

Sí, hablan de los derechos humanos, de la protección a la niñez, pero hay muchas dudas legítimas, en especial la de la capacidad de un ser humano, para tomar decisiones importantes a una edad tan temprana.

Para la Corte, la capacidad de razonamiento no necesariamente está ligada a la edad biológica, mientras para el Congreso local lo mismo hay adolescentes maduros, como mayores de 18 años, que toman decisiones impulsivas. Todo lo anterior, dicho sin ningún tipo de respaldo científico. Eso resulta extraño, porque información rigurosa disponible gratis en la web sobra.

En parte es entendible la utilización de herramientas del Derecho porque ambos entes trabajan con leyes, pero para hacerlas mejor, para que cumplan con su función, es necesario analizar los hechos desde todas las perspectivas, en especial éste tan innecesariamente polémico.

Por ejemplo, ¿qué dice la ciencia sobre la transexualidad, la evolución del cerebro en la toma de decisiones, cuándo concluye la niñez, en qué momento madura el cerebro de un humano, qué papel juega el lóbulo frontal?

“Guidelines for psychological practice with transgender and gender nonconforming people” de la Asociación de Psicología de los Estados Unidos, destaca el valor del trabajo multidisciplinario para una atención eficaz de personas transexuales, razón de más como para que tanto el Congreso como la Corte amplíen su capacidad para visualizar el tema.

La transexualidad es real: “… Cuando los niños transgénero reciben apoyo para afirmar sus identidades de género, sus dificultades de salud mental disminuyen” (“Embracing for psychological practice with transgender…”).

Antes de aventar una modificación legal, el Congreso del Estado debió haber estudiado bien porque recursos le sobran; preparar un plan de comunicación, para evitar o al menos disminuir la confrontación entre quienes ven esto como una fiesta y quienes, con toda razón, lo ven como una ofensa a las paternidades.